¿Propiedad intelectual o libertad de expresión?

miércoles, 19 de enero de 2005

¿Qué derecho prevalece a cual?
El consejo de ministros está administrando una institución que consiste en el cierre rápido de páginas web.
En mi opinión, tal reforma puede suponer una vulneración del derecho fundamental de la libertad de expresión.
Toda página web es una publicación, y el derecho a la libertad de expresión que se ejerce en Internet no puede ser restringido por ningún tipo de censura previa.

Según el artículo 20 de la Carta Magna, solo podrán ser secuestradas publicaciones, grabaciones y otros medios de información

Según la ley, la propiedad intelectual no es un derecho fundamental, a diferencia de la libertad de expresión.

Es por ello por lo que nos encontramos en un momento clave en el desarrollo de Internet en España: lo que está en juego no son las descargas en Internet, sino la esencia misma de la democracia.


Juanjo y Juan

0 comentarios:

Publicar un comentario